Implementación de prevención de Blanqueo de Capitales

 

– Comunicación de representante ante el SEPBLAC
– Medidas de diligencias debidas
– Verificación interna
– Obligaciones de información
– Examen anual de experto externo
– Formación del personal
– Operaciones de riesgo

 

(*) Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

(**) Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

(***) Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores.

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